El Consejo Insular de Menorca ha aprobado, mediante acuerdo ejecutivo ordinario del 4 de agosto de 2025 (modificado por el Decreto de Presidencia núm. 115/2025), una convocatoria de ayudas en materia cinegética para el año 2025. Esta iniciativa se enmarca dentro del Plan Estratégico de Subvenciones (PES) y tiene como objetivo fomentar una caza sostenible, respetuosa con la biodiversidad y alineada con los valores culturales y ambientales de la isla.
Objetivo de las ayudas
Las subvenciones están dirigidas a sociedades de cazadores y entidades medioambientales sin ánimo de lucro que desarrollen actividades cinegéticas en Menorca entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de octubre de 2025. El propósito es mejorar la capacidad, el aprovechamiento y la sostenibilidad de los recursos cinegéticos.
Dotación económica
Subvención máxima por entidad: hasta 5.000 €.
Porcentaje subvencionable: 80% del coste de las actuaciones.
En caso de que las solicitudes superen el crédito disponible, se aplicará un reparto proporcional.
Actividades subvencionables
Las ayudas cubren una amplia gama de actuaciones, entre ellas:
Compra de especies cinegéticas autóctonas para sueltas y repoblaciones.
Alimentación, manejo y transporte de fauna cinegética.
Instalación de comederos, abrevaderos e infraestructuras para mejorar hábitats.
Promoción de modalidades tradicionales de caza y uso de razas autóctonas de perros.
Estudios técnicos sobre especies y hábitats.
Actividades de formación y divulgación cinegética sostenible.
Material para seguimiento de fauna, promoción de buenas prácticas y edición de contenidos.
Servicios veterinarios para animales auxiliares de caza.
Participación en ferias, congresos y eventos científicos relacionados con la caza.
Plazos y procedimiento
Presentación de solicitudes: desde la publicación en el BOIB hasta el 15 de noviembre de 2025.
Las solicitudes deben presentarse electrónicamente a través de la sede del CIM (www.cime.es), aunque las personas físicas pueden hacerlo presencialmente.
La resolución de concesión se notificará en un plazo máximo de 6 meses.
Requisitos y obligaciones
Las entidades beneficiarias deben:
Justificar adecuadamente los gastos.
Comunicar otras ayudas recibidas para la misma actividad.
Acreditar estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Hacer constar el apoyo del CIM en la difusión de las actividades subvencionadas.
Jose de CazaPop