La Región de Murcia ha cambiado su Orden de Vedas con la temporada 2026-2027 ya en marcha. La modificación se publicó en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) el 2 de noviembre y se aplica desde el martes 3 de noviembre de 2026. No es una orden nueva, sino una corrección de la aprobada el 30 de abril, pero afecta a cosas que el cazador usa cada semana: cuántos perros puede llevar, qué óptica se permite en los aguardos nocturnos al jabalí, dónde se pueden poner los cebaderos y qué papeles necesita quien organiza una montería. Repasamos los cambios uno a uno y qué hacer antes de la próxima salida.
La disposición, firmada el 24 de octubre por la Consejería de Medio Ambiente, toca cinco bloques de la Orden de Vedas 2026-2027:
Todo ello se suma a la emergencia cinegética por conejo en Murcia hasta 2028, que ya había cambiado las reglas para la caza menor en buena parte de la región.
Si cazas conejo o perdiz con perros, ahora puedes salir con dos perros adultos y un cachorro de menos de un año durante el periodo general. Es una buena noticia para quien quiere ir metiendo perros jóvenes en el trabajo de campo junto a los veteranos. Ojo: se mantiene la prohibición general de usar galgos, salvo las excepciones del artículo 14.1 de la propia orden.
Si haces aguardos de jabalí, el cambio más relevante es la óptica. La autorización no es general: no vale para otras modalidades ni para otras especies, y depende de que la comarca siga en emergencia cinegética del jabalí. Si esa orden de emergencia decae, la autorización decae con ella. Antes de salir conviene comprobar que la emergencia sigue vigente en tu zona. Si quieres entender cómo encaja esto con el resto de España, lo explicamos en nuestra guía sobre si es legal cazar con visor térmico o nocturno.
La norma también fija que los puestos de aguardo estén a distancia suficiente entre sí y siempre desenfilados o protegidos frente a los disparos desde otros puestos. Y en los cebaderos quedan prohibidas las piedras de sal y los aportes de agua, para no atraer a otras especies. Siguen prohibidos aceites, gasóleo y productos no naturales; sí se admiten atrayentes olorosos no contaminantes, como extractos de alimentos o plantas y derivados de orina.
Si organizas monterías o batidas, revisa la documentación: la comunicación previa (con al menos veinte días de antelación, a cargo del titular o del arrendatario del coto) debe ir acompañada del certificado del curso tanto del organizador como de su suplente. Si el suplente no tiene el curso, la comunicación queda incompleta.
Para quienes buscan dónde cazar esta temporada, en el buscador de cotos de caza de CazaPop puedes filtrar por provincia y modalidad, y preguntar directamente al titular cómo está aplicando estos cambios en su terreno.
Si quieres repasar por qué varias comunidades han declarado emergencias por el jabalí, lo contamos en emergencia cinegética del jabalí y peste porcina.
Es una modificación sensata en lo práctico. Corrige un error evidente con los perros, amplía el reconocimiento de la formación a cualquier federación y aclara reglas de cebaderos que generaban dudas. La autorización de óptica térmica en aguardos va en la línea de otras comunidades que priorizan el control del jabalí y la seguridad en el disparo nocturno, aunque al depender de la emergencia cinegética deja al cazador con una norma provisional que puede cambiar.
Lo más importante es no quedarse con el titular: cada cambio tiene condiciones concretas y conviene leerlas antes de salir al campo. Si gestionas un coto u ofreces puestos y acciones de caza, puedes darte a conocer a más cazadores con CazaPop Pro. Y si buscas terreno para lo que queda de temporada, echa un vistazo al listado de cotos de caza disponibles en CazaPop.
Fuente: modificación de la Orden de Vedas 2026-2027 de la Región de Murcia (BORM n.º 253, 2 de noviembre de 2026), según la información publicada por Club de Caza.
Imagen: Wikimedia Commons