Europa aprueba nuevas normas de bienestar animal: ¿qué puede cambiar para los perros de caza en España?

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El Parlamento Europeo dio luz verde el 28 de abril a la primera normativa común de la Unión Europea sobre bienestar, cría, trazabilidad, importación y manejo de perros y gatos. Aunque el texto no está pensado específicamente para la caza, sí puede tener consecuencias indirectas para el mundo cinegético, especialmente en lo relativo a perros de caza, rehalas, identificación, cría y movimientos de animales.

El bienestar animal vuelve a situarse en el centro del debate europeo. El pasado 28 de abril de 2026, el Parlamento Europeo aprobó las primeras normas comunes de la UE para regular la cría, el alojamiento, la trazabilidad, la importación y la manipulación de perros y gatos. La medida salió adelante con 558 votos a favor, 35 en contra y 52 abstenciones, y ahora deberá ser adoptada por el Consejo antes de entrar en vigor definitivamente.

Lo aprobado en Europa: microchip, registro y trazabilidad

La nueva normativa europea busca ordenar un mercado que ha crecido mucho en los últimos años y combatir prácticas abusivas vinculadas a la cría, la venta y el comercio ilegal de animales. Entre las principales medidas aprobadas figura la obligación de que todos los perros de la UE, incluidos los de propietarios particulares, estén identificados con microchip y registrados en bases de datos nacionales interoperables.

Este punto es clave para el sector cinegético. En España, muchos perros de caza ya están identificados y registrados conforme a la normativa autonómica, pero el salto europeo apunta a una trazabilidad más coordinada entre países. Es decir, no se trata solo de saber quién es el titular de un perro, sino de poder seguir mejor su origen, sus movimientos y su situación administrativa.

La norma también introduce controles sobre la cría. El Parlamento Europeo plantea prohibiciones a determinadas prácticas de cría entre animales estrechamente emparentados y a la selección de rasgos físicos exagerados que puedan provocar riesgos significativos para la salud.

Importaciones y movimientos: más control contra el comercio irregular

Otro punto relevante es el control de entrada de animales procedentes de países no comunitarios. La legislación aprobada prevé que los perros importados desde fuera de la Unión Europea para su venta tengan que llevar microchip antes de entrar en territorio comunitario y después ser registrados en una base de datos nacional. También se regulan determinados movimientos no comerciales para cerrar vías que permitan introducir animales como si fueran mascotas particulares y venderlos posteriormente.

Este aspecto no afecta solo al mercado urbano de animales de compañía. También puede tener impacto en la compraventa de perros de trabajo, líneas de rastro, perros de muestra, sabuesos o ejemplares procedentes de otros países europeos o de fuera de la UE.

Para el cazador responsable, una mayor trazabilidad puede ser una garantía: origen claro, titular identificado, documentación correcta y menos espacio para el mercado irregular.

¿Afecta directamente a la caza?

La respuesta prudente es: todavía no de forma directa y específica, pero sí puede influir en el marco regulatorio que rodea a la caza.

La norma europea no es una ley de caza ni regula modalidades cinegéticas. Tampoco entra a ordenar monterías, batidas, rehalas o el uso del perro en campo. Su objetivo principal es fijar estándares comunes sobre bienestar, identificación, cría, comercio e importación de perros y gatos.

Sin embargo, en España los perros utilizados en actividades cinegéticas tienen una posición jurídica muy concreta. La Ley 7/2023 define como “animales utilizados en actividades específicas” a aquellos animales de compañía dedicados a una función concreta, incluyendo expresamente aves de cetrería, perros pastores y de guarda del ganado, y perros y hurones utilizados en actividades cinegéticas.

Por tanto, aunque el debate europeo no nace dentro de la caza, sí se cruza con ella por una vía evidente: los perros de caza son perros, tienen titular, se crían, se transportan, se identifican y pueden formar parte de actividades con regulación sanitaria y administrativa.

El punto sensible: rehalas y núcleos zoológicos

En España, el debate no llega en el vacío. En paralelo a la norma europea, el Gobierno viene trabajando en la actualización de la regulación sobre núcleos zoológicos tradicionales, una materia especialmente sensible para rehaleros, titulares de instalaciones con animales auxiliares y determinados establecimientos vinculados a especies cinegéticas.

La documentación del Ministerio de Agricultura sobre el proyecto de Real Decreto de núcleos zoológicos tradicionales señala como objetivo establecer normas básicas de sanidad animal, autorización y registro de estos centros, así como actualizar una regulación que en parte procede de normas de 1975 y 1980.

Además, el propio documento menciona expresamente que los núcleos zoológicos de especies cinegéticas, los de aves para cetrería o reclamo de caza de especies cinegéticas, y otros centros similares deberían pasar a incluirse dentro de los llamados núcleos zoológicos tradicionales.

Aquí está uno de los grandes debates para el sector: cómo garantizar sanidad, bienestar y control administrativo sin aplicar a una rehala o instalación cinegética requisitos pensados para realidades completamente distintas.

Bienestar animal y caza: una oportunidad o una amenaza

El sector cinegético suele ver estas reformas con preocupación, sobre todo cuando se perciben como normas diseñadas desde una lógica urbana y alejadas del funcionamiento real del campo. Esa preocupación es comprensible: una rehala no es una tienda de mascotas, un perro de rastro no es un animal decorativo y un perro de muestra no puede analizarse con los mismos parámetros que un animal sin actividad funcional.

Pero también hay una lectura positiva. La identificación, la trazabilidad y el control serio de la cría pueden ayudar a diferenciar al cazador responsable de quienes dañan la imagen de todo el colectivo. El abandono, la cría sin control, la falta de documentación o las malas condiciones de mantenimiento no solo son problemas de bienestar animal: también son un problema reputacional para la caza.

En ese sentido, la futura normativa europea puede convertirse en una herramienta útil si se aplica con equilibrio: exigente contra el fraude y el maltrato, pero realista con la función de los perros de caza y con la estructura social y económica del mundo rural.

Qué debe vigilar ahora el sector cinegético

A partir de ahora conviene seguir tres frentes.

El primero es el desarrollo definitivo de la normativa europea, porque aunque el Parlamento ya ha dado luz verde al texto, todavía debe completarse el proceso institucional antes de su entrada en vigor.

El segundo es la adaptación práctica en España: registros, interoperabilidad de bases de datos, obligaciones para criadores, plazos y coordinación con las comunidades autónomas.

El tercero es el encaje específico de los perros de caza, rehalas, hurones, aves de cetrería y demás animales auxiliares dentro de los reales decretos y normas nacionales o autonómicas que puedan aprobarse.

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